Allá por el año 2009, comencé con la mayor de las ilusiones el Grado en Derecho (denominación que adquirió la antigua Licenciatura en Derecho, tras la implantación del llamado “plan Bolonia”). Como todo estudiante, al comenzar, entre miedos por la dificultad que representan unos estudios superiores, y las ilusiones por la nueva aventura que comenzaba, soñaba con una vez finalizados mis estudios, poder ejercer de Abogado.
Durante los años de la Carrera, y puesto que he sido de los primero estudiantes “de ensayo” de este nuevo plan de estudios, los profesores nos advertían de que eran tiempos revueltos para los profesionales del Derecho. Ni ellos mismos sabían a priori que iba a ocurrir con una de las salidas profesionales de los estudios que me encontraba cursando, mi tan anhelada profesión de Abogado.
Antes del plan Bolonia, la colegiación como Abogado, dependía única y exclusivamente de los propios Colegios de Abogados, pero tras la implantación de la Ley 34/2006 de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, y poniendo supuestamente la mirada en Europa, el sistema ha sufrido un gran cambio, que lejos de obtener el propósito que se le presupone al espíritu de la Ley (el de que los Abogados y Procuradores salga preparados de manera práctica), se ha convertido más bien en una traba que en un sistema de acceso.
Y digo traba porque el primer escollo con el que se encuentran los aspirantes a Abogado, es el de costearse un “Máster habilitante”, cuyo rango de precios va desde los 3.900 euros hasta cifras que no escribiré porque me parecen desorbitadas. Y yo me pregunto siempre ¿y quién no pueda pagarlo?, pues simple, no podrá ser Abogado. Pero, por si fuera poco, tras el desembolso económico obligatorio, se debe estar a que la Administración del Estado, convoque, una prueba oficial para la obtención del Título de Abogado, que de momento sólo se ha convocado una a la que se han presentado poco más de 300 personas.
¿Y esto es un sistema de acceso para garantizar la practicidad de la Profesión? Pues un mi humilde opinión, no. Se trata más bien de un freno a la colegiación de Abogados, y vale que en España como se suele decir, “levantas una piedra y sale un Abogado”, pero el Estado no debe intervenir en la colegiación o no de una Profesión Liberal como es la de Abogado, y como hasta ahora, sería el propio mercado quien mantendría o no a los Abogados en Ejercicio.
En fin, espero que a quien corresponda considere estas palabras, que estoy seguro son de muchos, y poco a poco, se evolucione sino al sistema anterior (cosa que veo difícil) sí al menos se elimine la realización del “Máster Habilitante” por su alta cuantía económica, y se valore el realizar varias pruebas anuales, de manera que no pasen más de tres meses entre convocatoria, dando la oportunidad a los estudiantes, de poder prepararse la prueba por la manera que estimen oportuna, sin tener que pasar “por caja” que no es para nada un beneficio para su preparación práctica.